Cuándo se actualiza un alquiler
Publicado por admin - 04/01/10 a las 11:01:35 amComo es habitual, enero trae un maremagnum de preguntas relacionadas con la inflación y la actualización de rentas. Una de las más habituales está relacionada con el IPC de los alquileres y el momento en que debe procederse a actualizar la renta.
¿Cuándo debe actualizarse un alquiler? Cada doce meses al cumplirse el año de contrato, no con la llegada de cada nuevo año. Según la Ley de Arrendamiento Urbano (LAU), durante los cinco primeros años de contrato sólo se podrá actualizar el IPC del alquiler cada doce meses en la fecha en la que cumpla el año de vigencia del mismo y aplicando la variación porcentual experimentada por el IPC en un periodo de doce meses.
Es decir, que una persona que firmó su contrato en noviembre deberá actualizar el IPC noviembre del próximo año y no en enero. Del mismo modo, quienes cumplan su contrato en febrero deberán esperar hasta ese mes para proceder a la actualización del alquiler.
Por último, hay que recordar que el ínice que se utiliza para actualiza un alquiler es el IPC y no al Índice de Vivienda Rúbrica en el que se están amparando algunos propietarios para solicitar subidas cuando la inflación ha sido negativa y que constituye un atropello a los derechos del inquilino.
También le puede interesar:
El Salario Minimo Interprofesional en 2010
Actualizar el IPC de los Alquileres
Actualizar el IPC de las pensiones de alimentación
Artículos relacionados
- IPC Alquileres: como se calcula y cuando se actualiza
- Actualizar rentas y salarios: respuestas a las dudas más comunes
- IPC Alquileres
- El Índice de Vivienda Rúbrica y la revisión de alquileres
- Atropellos en la actualización de alquileres
1 Comentario »
RSS feed para los comentarios de esta entrada. TrackBack URI
Dejar un comentario
Bienvenido a IPC blog, el blog donde hablaremos del coste de la vida, de las finanzas personales, de como nos afecta el IPC en la cesta de la compra. Suscribete a las noticias por mail






Qué se puede hacer si el arrendador no actualiza el alquiler al inquilino en el mes que corresponde de contrato habiendo sido la inflación negativa no sólo en el mes correspondiente sino en ocho meses como ha ocurrido en 2009. El arrendador ha callado y nos ha seguido cobrando la misma renta como sino hubiese habido inflación negativa. Se puede pedir que nos aplique la rebaja retroactivamente. Tiene el arrendador por ley la obligatoriedad de aplicarnos esa rebaja …. o teníamos que haberselo dicho nosotros…. lo mismo que te aplican las subidas de forma automática deberían aplicarte las rebajas no….. Si alguien puede ayudarme….
Muchas gracias
HOLA JAVIER,
Como indica el artículo, el arrendador está obligado por ley a realizar la actualización del IPC en el mes de la firma del contrato y conforme al resultado de ese mes. Si es negativo legalmente está obligado a cobrar menos.
Comentario por Javier — January 10, 2010 #