Actualizar rentas y salarios: respuestas a las dudas más comunes
Publicado por J Trecet - 02/02/09 a las 01:02:54 pmActualizar las rentas y salarios en 2009 está trayendo de cabeza a muchos de nuestros lectores. Nadie quiere perder poder adquisitivo en un año que previsiblemente estará marcado por la crisis y para eso nada mejor que saber cómo debemos actualizar nuestras rentas y cuáles son nuestros derechos.
¿Como se actualiza el alquiler de un piso?
Las dudas acerca del IPC de los alquieres son las más comunes. Los alquileres se actualizan cada doce meses y para llevar a cabo la actualización se utiliza el IPC a doce meses según el dato publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Existen dos fórmulas básicas para saber cuánto subirá el alquiler. La primera es utilizar la calculadora del INE y la una sencilla fórmula matemática.
La calculadora del INE permite actualizar rentas introduciendo en el recuadro de datos sólo el periodo en el que debe actualizarse (por ejemplo de diciembre 2007 a diciembre de 2008) y la cantidad que se desea actualizar. Es la forma más fácil de saber cuánto habrá que pagar al revisar el IPC.
La fórmula matemática que se utiliza para actualizar la cuota de alquiler es la siguiente:
Cuota de alquiler actualizada = cuota de alquiler inicial x (indice general del ipc del mes final / indice general ipc mes inicial)
IPC diciembre 2008: 106,9
IPC diciembre 2007: 105,399
Renta actualizada = 1.000 € x (106,9/105,399) = 1.014 euros
El resultado es el mismo que al utilizar la otra fórmula según la cual:
Cuota Actualizada= 1.000 x (1+ 0,014) = 1.014 euros
¿Cuándo se actualiza el alquiler de un piso?
Según la Ley de Arrendamiento Urbano (LAU) de 1994 el IPC de los alquileres durante los cinco primeros años de contrato sólo se podrá actualizar cada doce meses en la fecha en la que cumpla el año de vigencia del mismo y aplicando la variación porcentual experimentada por el IPC en un periodo de doce meses. Por ejemplo, una persona que firmó su contrato en noviembre deberá actualizar el IPC noviembre del próximo año y no en enero.
¿Cómo se actualiza el salario?
La revisión de los sueldos para que recojan el efecto de la inflación es bastante más complicada que la de los alquileres. En este sentido existe una legislación común a todo los trabajos, pero después cada sector se rige por su convenio específico que es quien dicta la cuantía de la actualización y cómo se debe proceder. En este enlace puedes acceder a los diferentes convenios vigentes en la actualidad.
De todas formas las empresas pueden llegar a acuerdos con sus empleados para actualizar su salario de forma distinta a la que marque el convenio. Existen diferentes fórmulas para revisar los sueldos a principio de año, pero la más común es el objetivo de IPC previsto por el Gobierno que se suele publicar en los Presupuestos Generales del Estado 2009 (PGE). El problema es que el documento de este año no incluye la cifra, por lo que en ese caso se puede utilizar el 2% facilitado por el Banco de España (BE) en consonancia con las directrices del Banco Central Europeo (BCE) para la zona euro.
También existen herramientas que permiten calcular las retenciones de IRPF de forma sencilla.
¿Cuándo se actualizan los salarios?
La revisión salarial suele tener lugar en enero con la previsión de IPC.
¿La actualización en 2007 fue menos que el IPC real? ¿Puedo reclamar?
Para revisar los salarios se suele utilizar el objetivo de IPC para el año y suele ocurrir que el dato final difiere de esas estimaciones, generalmente al alza. Este no ha sido el caso el 2008, cuando la previsión era del 2% y la inflación finalmente ha sido del 1,4%. Sin embargo, esto sí ocurrió el año anterior (2007) cuanto un desbordado IPC alcanzó el 4,2%. Las empresas no suelen abonar estas diferencias entre el IPC previsto y el IPC real a no ser que el trabajador las solicite. Además, hay que tener en cuenta que las reclamaciones de cantidad prescriben en un plazo de 12 meses.
¿Cómo se actualizan las pensiones?
El IPC de las pensiones se actualiza de forma anual tomando como referencia el dato de inflación del mes de noviembre. En caso de existir alguna variación con respecto al objetivo fijado para el año, el Gobierno actualiza estas rentas ingresando las cantidades pendientes por adeudar. En 2008 la desviación ha sido de 0,4 puntos porcentuales, lo que se ha traducido en un gasto extra de 312 millones de euros para el Estado. En 2009 las pensiones se actualizarán un 2%.
¿Cómo se actualiza el salario mínimo interprofesional?
El Gobierno es quien determina las actualizaciones del salario mínimo interprofesional teniendo en cuenta el dato de IPC, la productividad media nacional alcanzada, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica general, así como la opinión de las principales organizaciones sindicales. En 2009 el salario mínimo interprofesional crecerá un 4% hasta los 20,80 euros al día, 624 euros al mes y 8.736 euros al año.
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Fecha de publicacion: February 2, 2009
Categorias: IPC Alquileres, IPC Pensiones, Previsión IPC, Uncategorized
14 Comentarios »
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Mi contrato de alquiler es de marzo,¿que periodo se ha de tomar para actualizar el alquiler? ¿de febrero a febrero? o ¿ de marzo a marzo?
HOLA ROSA,
En teoría debes tomar el periodo de marzo a marzo.
Comentario por Rosa — February 12, 2009 #
ME SUBEN EL ALQUILER DEL PISO CON EL IPC DE VIVIENDA EN ALQUILER, QUE ES LO QUE SE ACORDO EN EL CONTRATO. ¿ES LEGAL?
Comentario por maria — February 19, 2009 #
[...] anteriores artículos sobre cómo actualizar rentas de acuerdo a la inflación comentamos el caso del IPC de los alquileres o del salario, entre otras. Sin embargo, no indicamos [...]
Pingback por Actualizar una pensión alimenticia | IPC — February 19, 2009 #
Desearía saber de donde saca la expresión:
“se puede utilizar el 2% facilitado por el Banco de España (BE) en consonancia con las directrices del Banco Central Europeo (BCE) para la zona euro.”
He intentado encontrar la referencia en el BDE pero no la he hallado, por lo que le rogaría me indicase dónde aparece.
Gracias por anticipado.
Comentario por jmasin — March 14, 2009 #
[...] y poco más. Sin embargo, con la caída del IPC en el año 2009 y su consiguiente incidencia al actualizar rentas algunos caseros empiezan a mirar hacia este nuevo íncide a la hora de revisar sus alquileres. Y es [...]
Pingback por El Índice de Vivienda Rúbrica y la revisión de alquileres | IPC — August 10, 2009 #
Muchas gracias por la explicacion, ahora sabre como calcular mi aumento de alquiler que ha de vencer el proximo junio.
Comentario por marce para unibet — November 28, 2009 #
[...] Actualizar rentas y salarios [...]
Pingback por El salario mínimo interprofesional en 2010 | IPC — December 29, 2009 #
[...] llegada del nuevo año es el momento indicado para actualizar rentas y salarios. La pregunta que se hacen ahora todos los trabajadores es: ¿cuánto subirá mi sueldo? A [...]
Pingback por Subida de salario con el IPC | IPC — December 29, 2009 #
Hola me llamo Rosa y me interesaria saber cuanto me tiene que subir en mi alquiler si ya pago 400€
en cuanto pagaria cada mes cuanto seria la subida
gracias un saludo
Comentario por Rosa barros — January 3, 2010 #
[...] es habitual, enero trae un maremagnum de preguntas relacionadas con la inflación y la actualización de rentas. Una de las más habituales está relacionada con el IPC de los alquileres y el momento en que debe [...]
Pingback por Cuándo se actualiza un alquiler | IPC — January 4, 2010 #
si he firmado el contrato el 1 de diciembre hasta cuando es el ipc y que mes me corresponde
Comentario por raul — January 5, 2010 #
hola mi pregunta es sobre el ipc. tengo un alquiler con fecha inicial 5-10-2008 y a fecha de hoy febrero-2010, mi casero me ha dicho que tengo que pagar la subida del ipc. empece pagando 425 euros y ahora me dice que me lo sube a 428 por la subida del 0.8%. mi pregunta es si es correcto o tengo que calcularlo de octubre-08 a octubre-09 que me sale a - 0.7%, que serian 422 euros.¿desde que mes tengo que modificar el alquiler? gracias.
HOLA SILVIA,
En principio la subida debe ser anual, es decir de octubre de 2008 a octubre de 2009. No se puede tomar un mes aleatoriamente porque sí. Es decir, tu casero no puede decir que él lo actualiza en febrero, utilizando además el dato de diciembre, que es positivo (el mencionado 0,8) frente al de octubre, que es negativo.
En este sentido, si has mantenido el alquiler vigente hasta el momento, has estado incluso pagando de más (un 0,7% concretamente) desde octubre, que es cuando deberías haber actualizado el alquiler.
Comentario por SILVIA — February 8, 2010 #
Hola,este año con el tema de la crisis ando despistada y nosé esactamente cuánto han de subir las pensiones alimenticias de los niños.De momento mi ex no me ha subido nada,agradeceria que me asesoraran.Gracias
Comentario por Vanesa — February 12, 2010 #
[...] Actualizar rentas y salarios [...]
Pingback por IPC año 2010 | IPC — June 15, 2010 #