Ya sabemos qué futuro les espera a las pensiones en 2012 y se puede resumir de la siguiente forma: actualización en función del IPC. Esta ha sido una de las primeras promesas de Mariano Rajoy en el debate de investidura y se traducirá en una subida de las pensiones en 2012.
El próximo 30 de diciembre conoceremos la composición exacta pero ya podemos adelantar que en 2012 habrá revalorización de las pensiones. Así lo ha anunciado Mariano Rajoy en el debate de investidura. En concreto, el cambio respecto a las pensiones, el único punto de las cuentas públicas que se revisará al alza, se llevará a cabo mediante un Real Decreto-Ley de Medidas Urgentes en materia Económica y Presupuestaria. El documento incluirá uno de los grandes compromisos electorales del Partido Popular, la actualización del poder adquisitivo de las pensiones a partir del 1 de enero de 2012.
En anteriores artículos sobre cómo actualizar rentas de acuerdo a la inflación comentamos el caso del IPC de los alquileres o del salario, entre otras. Sin embargo, no indicamos nada acerca de cómo y cuánto deben actualizarse la pensión de alimentos en los casos de separaciones y divorcios.
La pensión de alimentos se refiere al dinero que uno de los padres debe pagar al otro en concepto de manutención de los hijos para que estos tengan vivienda, alimentos, vestido y estudios hasta que puedan valerse por sí mismos. La cuantía a pagar por este concepto estará en proporción a los ingresos de cada persona y en cualquier caso será un juez quien dictamine la cifra exacta. Al igual que el resto de rentas como el salario o los alquileres, la pensión de alimentos debe actualizarse cada año para evitar que la persona que lo percibe pierda poder adquisitivo.
Para saber cuándo debe actualizarse una pensión alimenticia y en base a qué índice es necesario acudir a la sentencia dictaminada por el juez. En ella deberían figurar ambos datos. Lo más normal es que se especifique tanto el índice, habitualmente el IPC general, como la fecha en la que se debe llevar a cabo la actualización. En caso de que no figure ninguna fecha en concreta habría que tomar la que figure en la sentencia.
Al igual que con los alquileres y otras rentas, para conocer el porcentaje con el que actualizar la renta basta con acudir al dato de IPC del mes de referencia o, en su defecto, utilizar la herramienta calculadora del Instituto Nacional de Estadística (INE) donde se introducirán los datos de la renta (cuantía) y las fechas que se deseen actualizar.
Un caso práctico
Para facilitarlo vamos a poner un ejemplo práctico:
Juan paga a Marta 1.000 euros al mes por la manutención de sus hijos y según la sentencia judicial, debe actualizar esta cantidad los meses de noviembre de cada año. ¿Cuánto deberá pagar a partir de noviembre de 2010? Teniendo en cuenta que el IPC de noviembre e 2010 fue del 2,3% procedamos al cálculo con la siguiente fórmula:
Pensión alimenticia actualizada = pensión inicial x (indice general del ipc del mes final / indice general ipc mes inicial)
Aplicaremos estos datos:
IPC noviembre 2009: 107,786
IPC noviembre 2010: 110,300
Pensión actualizada = 1.000 € x (110,300/107,786) = 1.023,32 euros
Quienes pese a todo sigan sin aclararse pueden recurrir a la calculadora del INE antes mencionada
Como casi toda renta, la pensión de alimentos está sujeta al pago de impuestos, aunque en este caso su tributación es algo especial. Conviene distinguir entre el receptor y el pagador, ya que el tratamiento en la declaración de la renta es diferente. En el caso del pagador, el dinero que pague no será decible ni minorará su base imponible, pero sí podrá aplicar un tipo de gravamen más bajo. De esta forma, tributará por dos partidas, la del trabajo en general y la del dinero que paga como pensión de alimentos.
En el caso del receptor, cuando estos son los hijos, las cantidades que reciban estarán exentas de tributarsiempre y cuando se perciban en virtud de una decisión judicial. Si el beneficiario es un familiar distinto a los hijos, deberán declararse estos ingresos como rendimientos del trabajo.
Los ajustes en el sistema de pensiones suelen ser un indicador de la disposición real de un Gobierno a acometer cambios y a controlar su gasto. El motivo es que desde un punto de vista político se trata de medidas muy impopulares. Por eso mismo, el plan de ahorro del Gobierno prevé suspender la revalorización de las pensiones en 2011, excepto las no contributivas y las mínimas.
Sin embargo, el debate sobre la subida de las pensionesva más allá de esta coyuntural suspensión y así el secretario de Estado de Seguridad Social, Octavio Granado, habló en el Congreso de la necesidad de revisar el actual sistema de actualización de las pensiones. Y es que en principio las pensiones se actualizan en función del IPC, pero para que los pensionistas no pierdan poder adquisitivo durante el año, se lleva a cabo una subida con la estimación de IPC para el año en curso. El porcentaje de subida se establece por ley a través de los Presupuestos Generales del Estado (en el caso de los PGE 2010 el aumento marcado es del 1%) y se revisa según el dato de noviembre en lo que se conoce como el IPC de las pensiones.
Esta forma de actualizar las pensiones tiene un alto riesgo de sobrepago por parte del Estado, algo que precisamente ocurrió en 2009. El IPC proyectado para 2009 en los PGE fue del 2%, pero cuando llegó noviembre el IPC se quedó en un exiguo 0,3%, teniendo que asumir el Estado los 1,7 puntos porcentuales de diferencia (cuando la estimación es mayor que el dato se mantienen las prestaciones). Según los cálculos de Granado, sólo esto supondrá un gasto adicional de 40.000 millones para la Seguridad Social durante los próximos 18 años.
El problema del sistema actual para las cuentas del Estado reside en que en años como 2009, la retribución de los pensionistas sube por encima del IPC, mientras que en los ejercicios donde las previsiones no alcanzan al dato real, el Estado cubre esta diferencia con una paga extra para los pensiones. Así, en 2008 el Estado tuvo que destinar 635 millones de euros extra para adecuar la subida de las pensiones al IPC real.
Con el nuevo año llega el momento de actualizar rentas y salarios. Todavía se desconoce cómo cerrará 2009 el IPC -aunque el IPCA adelantado se situó en el 2,9%- pero algunos grupos sí saben cuánto aumentarán sus rentas en 2010. Los pensionistas son uno de estos grupos, ya que la subida de las pensiones se establece por ley. En concreto, es en los Presupuestos Generales del Estado 2010 (PGE 2010) donde se establece la subida prevista para las pensiones públicas para el año en curso y en los Presupuestos Generales del Estado 2011 los del año siguiente.
Los PGE 2010 según están publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE) recogen elIPC de las pensiones en el título IV, donde se indica que la subida de las pensiones será del 1% tanto para las pasivas del estado como para las contributivas abonadas por la Seguridad Social. Esta información también está accesible a través del Real Decreto 2007/2009, 23 de diciembre, sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2010, que además establece los incrementos para las pensiones mínimas.
En el caso de 2011, los Presupuestos Generales del Estado establecen una subida del 1% para las pensiones mínimas, ya que el resto de las contributivas quedarán congeldas de acuerdo con el Plan de Austeridad para reducir el déficit del Estado.
La subida de las pensiones mínimas será superior al citado 1%. De esta forma,2.700.0000 pensionistas de mínimos verán incrementada su pensión una media del 4%, al establecerse subidas entre el 2% y el 4,87%, según los tipos de pensión. En concreto, los pensionistas que vivan solos y con bajos ingresos verán su pensión incrementada entre un un 4,67% y un 4,87%. Su jubilación oscilará entre los 587,8 euros al mes para los mayores de 65 años y los 549,8 euros al mes para los menores de 65.
Por su parte, la pensión de viudedad crece entre un 4,31% para las viudas con cargas familiares que percibirán 679,70 euros al mes, y el aumento del 5,57%, 444,90 euros al mes, de las viudas menores de 60 años.
Mientras, las pensiones mínimas de jubilación con cónyuge a cargo suben entre un 4,17% y un 4,31%.
Como cualquier renta, la inflación también afecta a las pensionesde jubilación, invalidez, etc. Según señala la Seguridad Social, el IPC de las Pensiones tiene como objetivo que este colectivo pueda mantener su poder adquisitivo año a año. Para calcular la inflación a la que están sujetas se utiliza el IPC de Noviembre, que según informó el Instituto Nacional de Estadística (INE) fue del 0,3% en tasa internanual.
Esto quiere decir que los pensionistas se quedarán este año sin su ‘paga extra’. Y es que en principio el Estado fija una estimación de IPC para todo el año que es el porcentaje que es el que se aplica a todas las pensiones en su modalidad contributiva que paga la Seguridad Social. En caso de que el IPC acumulado de noviembre a noviembre de cada año supere las previsiones, “se procederá a la correspondiente actualización de acuerdo con lo que establezca la respectiva Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPGE). Y es que a efectos prácticos el IPC de las Pensiones es el que registra el noviembre.
Para el año en curso, la previsión oficial del Gobierno según la LPGE 2010 es del 1%, y por lo tanto, muy superior al dato definitivo de noviembre. Esto implica queeste año los pensionistas se quedarán sin paga extraordinaria a cuenta del desvío del IPC de noviembre prespecto a las previsiones del EJecutivo realizadas a principios del ejercicio. Y es que cada la Administración paga a los pensionistas por cada décima en que la inflación supera sus previsiones, lo que tiene un coste de unos 79 millones de euros por décima.
El año pasado el Estado ya tuvo que destinar 635 millones de euros extra para adecuar la subida de las pensiones al IPC, pero este año no deberá hacerlo porque la inflación real ha superado a las previsiones.Así, se puede decir que los pensionistas han mejorado su capacidad económica en un 1,7%, ya que a principios de año sus pensiones aumentaron el mencionado 2%.
La actualización afecta a las siguientes pensiones:
Pensiones mínimas.
Pensiones del SOVI no concurrentes así como concurrentes con pensiones de viudedad de algún régimen del sistema de la Seguridad Social.
Pensiones no contributivas.
Prestaciones por hijo a cargo con 18 o más años y un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
Subsidio de movilidad y compensación para gastos de transporte.
Bienvenido a IPC blog, el blog donde hablaremos del coste de la vida, de las finanzas personales, de como nos afecta el IPC en la cesta de la compra. Suscribete a las noticias por mail